Barcelona Turisme
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Información institucional

En este apartado encontrarás información sobre la estructura, organización y funciones del Consorcio, el código de buenas prácticas, así como la relación de altos cargos.

Organización de Turisme de Barcelona con el organigrama e identificación de las personas responsables:

Para ejercer sus funciones, y para desarrollar su actividad, el Consorcio de Turisme de Barcelona se ha dotado de una organización interna. En este apartado, puedes encontrar información relativa a la organización y la gestión del Consorcio:

Organigrama del Consorcio de Turisme de Barcelona. Ver pdf (en catalán).

El actual Director General del Consorcio de Turismo de Barcelona es el señor Mateu Hernández Maluquer, nombrado por el Consejo General del Consorcio en sesión del 18 de diciembre de 2023. Mateu Hernández es licenciado en derecho por la Universidad de Barcelona, Máster en Políticas Públicas por la Universidad Pompeu Fabra y PADE por IESE. Anteriormente ha sido Director de Internacionalización de Casa Batlló (2003), el primer Director General de Barcelona Global (2011-2022), Gerente de Promoción Económica del Ayuntamiento de Barcelona (2009-2022) y Director General y Ejecutivo de Barcelona Activa (2003-2009). Asimismo, ha sido asesor de los planes estratégicos de NYC, Turín y Oslo.

De acuerdo con el artículo 18 de los Estatutos del Consorcio, el/la Directora/a General es el máximo órgano de dirección ejecutiva ordinaria del Consorcio, siendo nombrado y cesado por el Consejo General, a propuesta del Comité Ejecutivo.

Funciones del/la Director/a General:

  • La administración y gestión ordinaria del Consorcio de Turismo de Barcelona, ​​de conformidad con lo dispuesto en los Estatutos y con las funciones que le encomiende y los poderes que le otorgue el Comité Ejecutivo.
  • La dirección de los servicios, obras y dependencias del Consorcio, bajo la autoridad y supervisión del Comité Ejecutivo.
  • Ejecutar los acuerdos de los órganos de gobierno del Consorcio.
  • Dentro del ámbito de sus funciones, suscribir todo tipo de encargos, contratos y negocios jurídicos.
  • Contratar y despedir al personal, así como ejercer la potestad disciplinaria sobre el personal, sin perjuicio de las funciones reservadas al Comité Ejecutivo conforme al artículo 15.9 de los Estatutos.
  • Preparar la documentación a someter a la deliberación y aprobación del Comité Ejecutivo.
  • Comparecer y actuar ante todo tipo de órganos judiciales y administrativos y ante cualquier administración o ente público. En casos de urgencia, ejercer e interponer acciones y recursos judiciales y administrativos y realizar todo tipo de actuaciones legales y administrativas en defensa de los derechos e intereses del Consorcio, sin perjuicio de su posterior ratificación por el Comité Ejecutivo en la próxima sesión que éste celebre.
  • Informar diligentemente a los órganos de gobierno del Consorcio de Turismo de Barcelona de su actuación y de los asuntos que, concerniendo a la gestión del Consorcio, por su trascendencia deban ser conocidos por estos órganos de gobierno.
  • Todas las demás funciones de representación, administración y gestión que le otorguen los Estatutos así como las que le encomienden los órganos de gobierno del Consorcio o el/la Presidente/a del Consejo General o del Comité Ejecutivo.

Estructura organizativa interna con identificación de los miembros del Consejo General y del Comité Ejecutivo:

Los órganos de gobierno del Consorcio son el Consejo General y el Comité Ejecutivo.

El Consejo General es el órgano superior de gobierno del Consorcio, con capacidad para adoptar, en el marco de sus competencias, cuantas resoluciones considere oportunas para su buen funcionamiento y para la consecución de sus objetos y finalidades. El Consejo General está presidido por el alcalde o alcaldesa de Barcelona. Actualmente, el presidente del Consejo General es el Exmo. Sr. Jaume Collboni i Cuadrado. 

  • Miembros del Consejo General. Ver pdf (en catalán).

El Comité Ejecutivo es el órgano ejecutivo y permanente de gobierno y administración del Consorcio de Turisme de Barcelona, con las más amplias facultades en el orden jurídico y económico, salvo las reservadas al Consejo General. El/La Presidente/a, que es el/la Presidente/a de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Barcelona, el/la que puede delegar en un miembro del Pleno de la Cámara que sea miembro del Consejo General. Actualmente, el presidente del Comité Ejecutivo es el Sr. Jordi Clos i Llombart.

  • Miembros del Comité Ejecutivo. Ver pdf (en catalán).

Marco normativo y funciones atribuidas a la organización mediante la publicación de los Estatutos:

Marco normativo

El Consorcio de Turisme de Barcelona es una entidad con personalidad jurídica pública, de carácter asociativo y naturaleza voluntaria, constituida con duración indefinida e integrada por el Ayuntamiento de Barcelona, la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Barcelona y la Fundació Barcelona Promoció.

Fue constituido el 8 de septiembre de 1993 por el Ayuntamiento de Barcelona, la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Barcelona y la Fundación para la Promoción de Barcelona.

Las actuaciones del Consorcio se adecuan al marco normativo que le es de aplicación: 

  • Estatutos del Consorcio de Turisme de Barcelona, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Barcelona el 19 de noviembre de 2021. Ver pdf (en catalán).
  • En concreto, el artículo 60 de la Ley 22/1998, de 30 de diciembre, de la carta municipal de Barcelona; los artículos 269 a 271 del Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña; por los artículos 312 a 324 del Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales, aprobado por Decreto 179/1995, de 13 de junio; y por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

El Consorcio de Turismo de Barcelona tiene personalidad jurídica propia y diferenciada de la de sus miembros, patrimonio independiente y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus objetos, fines y funciones.

Sin perjuicio de su proyección externa e internacional, el ámbito de actuación preferente del Consorcio de Turismo de Barcelona es la ciudad de Barcelona y su zona de influencia como destino turístico.

Funciones

De acuerdo con el artículo 5º de los Estatutos del Consorcio de Turisme de Barcelona, éste tiene por objeto la ejecución de acciones de promoción y fomento del turismo y la economía del visitante en la ciudad de Barcelona y su zona de influencia como destino turístico, teniendo en cuenta criterios de turismo sostenible.

Así, el Consorcio de Turismo de Barcelona podrá realizar cuantos actos de adquisición, administración, contratación y disposición sean necesarios para el cumplimiento de su objeto y finalidades, de acuerdo con lo dispuesto en los Estatutos y la legislación aplicable. A tal efecto, y sin carácter limitativo, corresponden al Consorcio de Turismo de Barcelona las siguientes atribuciones:

  • Administrar su patrimonio.
  • Contraer obligaciones.
  • Adquirir, poseer y arrendar derechos y bienes muebles e inmuebles, disponer de los mismos, gravarlos, hipotecarlos y constituir prendas y otras garantías.
  • Aceptar herencias, legados y donaciones puras u onerosas, así como obtener subvenciones y ayudas de personas públicas o privadas de cualquier tipo.
  • Aprobar la emisión de empréstitos, con o sin aval, inversiones y concertar operaciones de crédito en las diversas formas.
  • Contratar a personal, obras, servicios y suministros.
  • Otorgar premios, conceder ayudas y becas, y llevar a cabo aquellas acciones de fomento que se consideren oportunas.
  • Interponer recursos y ejercer las acciones y actuaciones judiciales y administrativas que sean necesarias en defensa de sus derechos e intereses.

Asimismo, y para el mejor cumplimiento de su objeto y fines, el Consorcio de Turismo de Barcelona podrá:

  • Realizar actividades comerciales e industriales relacionadas con su objeto y fines.
  • Crear sociedades mercantiles, así como cualquier otro tipo de personas jurídicas, nacionales o extranjeras, y/o participar en ellas.
  • Suscribir todo tipo de acuerdos o convenios con administraciones, entidades o instituciones públicas y privadas, nacionales o internacionales, en el marco de sus objetivos.

Por lo general, las finalidades y funciones mencionadas en los Estatutos las podrá llevar a cabo el Consorcio de Turismo de Barcelona ya sea directa o indirectamente, mediante sociedades mercantiles o cualquier otro tipo de personas jurídicas, de acuerdo con la legislación aplicable.

El Consorcio puede aprobado los reglamentos de régimen interno que considere adecuados.

Relación de altos cargos

El actual Director General del Consorcio de Turismo de Barcelona es el señor Mateu Hernández Maluquer, nombrado por el Consejo General del Consorcio en sesión del 18 de diciembre de 2023. Mateu Hernández es licenciado en derecho por la Universidad de Barcelona, Máster en Políticas Públicas por la Universidad Pompeu Fabra y PADE por IESE. Anteriormente ha sido Director de Internacionalización de Casa Batlló (2003), el primer Director General de Barcelona Global (2022-2022), Gerente de Promoción Económica del Ayuntamiento de Barcelona (2009-2022) y Director General y Ejecutivo de Barcelona Activa (2003-2009). Asimismo, ha sido asesor de los planes estratégicos de NYC, Turín y Oslo.

Código de Buenas Prácticas

El Código de Conducta y Prácticas Responsables de Turisme de Barcelona fue aprobado por el Comité Ejecutivo del Consorcio en sesión celebrada el 3 de octubre de 2018. Ver pdf (en catalán).

Este Código tiene como objetivo fijar los principios, los valores éticos y las normas de conducta que debe observar el Consorcio y todos sus integrantes en el ejercicio de las funciones y competencias que tengan atribuidas, así como regular el sistema de seguimiento y evaluación del Código para garantizar su eficacia.

La finalidad del Código consiste en garantizar la imparcialidad, la transparencia y el comportamiento ético en el desarrollo de las respectivas responsabilidades y funciones profesionales; así como sirve también para regular las respectivas relaciones e interacciones con los otros profesionales, colaboradores, clientes, etc., y el entorno en general.

Declaración institucional contra el fraude en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia. Ver pdf (en catalán).